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Accidente laboral in itinere: requisitos y procedimiento

Un hombre ha tenido un accidente de coche in itinere.

Imagina que sufres un accidente en el trayecto hacia tu trabajo o de regreso a casa. Puede ser un tropiezo en la escalera del portal, un choque con otro vehículo al volver de la oficina o incluso una caída mientras te bajas del autobús. En esos momentos es normal sentir miedo, confusión y preocuparse por el futuro: “¿Me van a cubrir esto como accidente laboral? ¿Qué derechos tengo?”. La buena noticia es que la ley española está diseñada para protegerte. Un accidente en el camino al trabajo, conocido técnicamente como accidente laboral in itinere, se considera accidente de trabajo si cumple ciertos requisitos legales. Esto significa que tendrás los mismos derechos (baja médica, prestación económica, etc.) que si te hubieras lesionado en tu puesto. A continuación explicamos con detalle qué condiciones debe cumplir el accidente y qué pasos debes seguir, de forma clara y cercana, para que no te quede ninguna duda.

¿Qué es un accidente in itinere?

La Ley General de la Seguridad Social lo deja claro: se considera accidente de trabajo “toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo… Se incluyen también las lesiones producidas en el trayecto habitual entre el centro de trabajo y el domicilio del trabajador (accidentes “in itinere”)”. En otras palabras, si te ocurre un siniestro mientras vas de casa al trabajo o mientras vuelves a casa desde el trabajo, la ley lo considera accidente laboral. Esto incluye cualquier medio de transporte: coche particular, moto, bicicleta, transporte público o incluso a pie. Legalmente estás protegido aunque suceda fuera del edificio de la empresa. Como explica Legalitas, “cuando un trabajador sufre un accidente durante el desplazamiento de su casa al trabajo (o viceversa)… se considera un accidente de trabajo”.

La diferencia esencial con otros accidentes es dónde y por qué ocurre. Un accidente in itinere ocurre fuera del centro de trabajo, pero mientras prestas servicios indirectamente: simplemente ibas o venías del trabajo. Esto lo diferencia de los accidentes “in misión” (que ocurren en viajes o gestiones profesionales fuera del lugar habitual de trabajo) o de los accidentes dentro de la empresa. Sin embargo, en cuanto a derechos de baja, indemnización y cobertura de la Seguridad Social o la mutua, un accidente in itinere se trata igual que cualquier accidente laboral. La ley te da esa protección, y es importante conocerla para que no te quedes sin apoyo en caso de accidente.

Principales requisitos legales

Para que un accidente sea considerado in itinere (y por tanto laboral), se deben cumplir una serie de condiciones. En palabras sencillas, el trayecto debe ser el habitual para ir o volver del trabajo, dentro del tiempo normal, y sin desviaciones injustificadas. Podemos resumir estos requisitos así:

Finalidad del viaje

El propósito principal del desplazamiento debe ser ir al trabajo o volver a casa. Es decir, vas o vienes directamente para cumplir tu jornada. Si haces paradas largas por motivos personales (como ir de compras, salir con amigos, etc.), corres el riesgo de perder esta protección.

Ruta habitual y normal

Debes transitar por el camino más lógico y directo entre tu casa y el trabajo. Desviaciones mínimas y justificables (por ejemplo, una parada breve para dejar a tus hijos en el cole si es un hecho rutinario) pueden admitirse, pero un desvío importante sin causa laboral rompe el nexo de causalidad.

Tiempo razonable

El accidente debe producirse en el periodo temporal habitual de tu viaje diario, cerca de tu hora normal de entrada o salida. Si llegas muy pronto o sales muy tarde sin justificación, podría cuestionarse que estabas “haciendo tiempo” y no yendo directo al trabajo.

Medio de transporte adecuado

Debes emplear el medio habitual de transporte para tu trayecto (coche propio, moto, transporte público o ir caminando) y que este medio sea seguro y apto. Por ejemplo, tu coche debe estar en buen estado y con la ITV pasada; un accidente usando un vehículo en malas condiciones o que la empresa prohíbe podría invalidar la calificación.

En resumen, el accidente debe cumplir lo que a veces se llama los requisitos teleológico (propósito correcto), topográfico (lugar correcto), cronológico (tiempo correcto) y de medios (medio correcto). Es conveniente pensar: “¿Iba yo realmente al trabajo cuando ocurrió?” Si la respuesta es sí y además transitabas por tu camino habitual en el horario normal, cumples los requisitos básicos. Por ejemplo, si sufres un tropiezo en la escalera de tu bloque a las 8:50 am en lunes (mismo horario de siempre) o un accidente de tráfico de camino al trabajo, sería in itinere legítimamente.

Por el contrario, hay situaciones que rompen la protección legal. No se considerarán accidente laboral in itinere aquellos causados por fuerza mayor o por “imprudencia temeraria” del trabajador. Esto incluye, por ejemplo, conducir bajo los efectos del alcohol, saltarse semáforos intencionadamente o conducir sin carné. Tampoco se considera in itinere si el accidente ocurre fuera del trayecto (por ejemplo, después de que ya terminaste tu jornada y te has desviado para un asunto personal), o si no empezaste aún el desplazamiento habitual. En definitiva, el nexo con el trabajo se rompe si te alejas con fines propios o actúas de manera peligrosa.

Resumen práctico

El accidente sucedió en tu trayecto habitual al trabajo (o de vuelta) y en los horarios que normalmente empleas.
No realizaste ninguna detención larga por asuntos personales extraños a tu trabajo.
Usaste tu medio de transporte habitual y seguro para ir o venir, sin conductas negligentes.
Tu intención real era llegar al trabajo o volver a casa, no “hacer otro recado”.

Si cumples estas condiciones, la ley te ampara: será accidente laboral. Si no estás seguro, recuerda que siempre puedes recopilar evidencias (tiques del transporte, fotos del lugar, declaraciones de testigos) que demuestren la relación con tu trabajo. Estos datos son clave si la mutua o la autoridad laboral dudan de la conexión.

Pasos a seguir tras un accidente laboral in itinere

Atención médica inmediata

Lo primero es tu salud. Acude al hospital o centro médico (preferiblemente al centro de la mutua de accidentes que te corresponda) para que te atiendan. El médico valorará tus lesiones y emitirá el parte de asistencia necesario. Si el accidente es laboral, será el médico de la mutua quien gestione tu baja laboral, no el de cabecera habitual. Guarda cualquier documento médico o receta, ya que serán parte de la documentación de tu accidente.

Reúne pruebas y documentación

Recoge pruebas del accidente: informe de atestado si hubo policía, ticket del transporte público, fotos del lugar o del vehículo, nombres de testigos, etc. Estos elementos serán útiles para demostrar que estabas en el trayecto correcto.

Informa a tu empresa

Avisa inmediatamente a la empresa para que reporte formalmente el accidente a la mutua. La empresa está obligada a enviar un parte de accidente en un plazo de 5 días hábiles desde que se produce la baja. Cuanta más información aportes (hora, lugar, medio de transporte), más claro quedará que cumplías las condiciones del trayecto. Si no informas, podrías perder la condición de accidente laboral.

Solicita el parte de accidente y baja laboral

Una vez la mutua recibe el informe, el médico de la mutua te entregará la baja laboral oficial (si tus lesiones lo requieren). Como este caso es accidente de trabajo, tu baja se considera incapacidad temporal por contingencia profesional, lo que implica que te corresponden condiciones favorables: cobrarás el 75% de tu base reguladora desde el primer día de baja.

Seguimiento y comunicación continua

Mantén el contacto con la mutua y la empresa mientras estés de baja. Guarda tus partes médicos y reporta cualquier cambio de tu situación. No puedes ser despedido por estar de baja médica por accidente laboral. El accidente in itinere no supone una falta imputable a ti como empleado; la empresa no tiene culpa ni responsabilidad directa en el suceso.

Exige tus derechos si es necesario

Si la mutua o la empresa intentan tratar tu caso como accidente común (no laboral) o rehusar la baja por contingencia profesional, puedes reclamar ante la autoridad laboral (Inspección de Trabajo) o vía legal. Busca asesoramiento legal si surge controversia.

Derechos y prestaciones tras el accidente

Teniendo reconocida la condición de accidente de trabajo in itinere, tus derechos son prácticamente los mismos que si te hubieras lesionado dentro de la oficina. Entre ellos destacan:

Baja laboral con cobertura completa

Recibirás incapacidad temporal por contingencia profesional. Esto implica una prestación económica del 75% de tu salario (base reguladora) desde el primer día cubierto por la Seguridad Social. Además, tu empresa NO puede descontarte salario por el período de baja ni sancionarte por ello. Si tu convenio lo establece, es posible que la empresa complemente esa prestación hasta el 100% durante un tiempo.

Atención médica a cargo de la mutua

No uses tu tarjeta sanitaria habitual. Debes ser atendido a través de la mutua que cubre los accidentes laborales de tu empresa, lo que garantiza que todo el coste del tratamiento (hospitalización, rehabilitación, etc.) corra por la Seguridad Social o la mutua, no por ti.

Incapacidad permanente o indemnización (si aplica)

Si tus lesiones quedan con secuelas o invalidez definitiva, podrías tener derecho a una indemnización o incluso a una pensión de incapacidad permanente como con cualquier accidente de trabajo. El monto dependerá de la gravedad y de tu salario.

Prohibición de despido por baja

La ley protege a los trabajadores en baja médica. Tu empresa no puede despedirte únicamente por el hecho de haber tenido este accidente (sería considerado despido improcedente o nulo).

Preguntas frecuentes y situaciones especiales

¿Qué pasa si me desvié un poco o hice algo personal breve?

Los tribunales analizan cada caso, pero en general toleran pequeñas paradas justificadas (por ejemplo, recoger a un compañero de trabajo del camino si eso es habitual, o dejar a los hijos en el colegio si siempre lo haces antes de ir al trabajo). Sin embargo, una parada larga no relacionada con el trabajo (como tomarte un café de camino) o un desvío considerable sin motivo laboral puede romper la consideración de in itinere. En resumen: los cambios justificados no son fatales, pero procura que el recorrido y la finalidad sigan siendo esencialmente laborales.

¿Y si voy a trabajar desde otra casa o estoy de viaje?

Si tienes una segunda residencia que usas regularmente como “hogar” (por ejemplo, fines de semana), puede ser considerado tu domicilio habitual para estos casos. La jurisprudencia ha admitido accidentes in itinere partiendo de una segunda vivienda cuando era el lugar desde donde se desplazaba al trabajo. También, si la empresa te desplaza temporalmente a otra localidad, el trayecto desde tu alojamiento ocasional hasta tu centro de trabajo se entiende igualmente in itinere.

¿Y el trayecto al salir del trabajo si me quedan cosas pendientes?

Si sales antes del horario regular para hacer recados personales y sufres un accidente, no será in itinere, pues ya no ibas directamente a casa. Solo cuenta como in itinere el trayecto “oficial” de vuelta a casa una vez terminada la jornada normal.

¿Cambia algo si voy en transporte público o compartido?

No. El medio no altera la protección: tanto si vas en coche propio, bicicleta, bus o coche compartido, lo relevante es que sea tu medio habitual y razonable. De hecho, viajar con compañeros de trabajo en tu coche, siempre que sea un trayecto lógico al centro de trabajo, también puede considerarse in itinere. Solo asegúrate de documentar tu presencia (boleto, registro de empresa, testigos).

Conclusión

Sufrir un accidente mientras vas al trabajo puede ser muy estresante, pero no estás desprotegido. La legislación y la práctica garantizan que estos accidentes se traten como laborales, siempre que ocurra en el trayecto habitual y por una causa relacionada con tu empleo. Esto implica el derecho a atención médica gratuita, baja laboral con subsidio al 75% de tu salario, y posible indemnización si hay secuelas graves. Para tramitarlo adecuadamente, toma acción inmediata: atiende tu salud primero, recoge pruebas y notifica de inmediato a tu empresa para que informe a la mutua.

Recuerda que la empresa no tendrá culpa en el accidente (pues sucede fuera de su control), y por tanto no debes temer represalias: la ley protege que tu empleo no se vea afectado por esta situación. Si algo no sale como esperas, busca asesoramiento: sindicatos, mutuas o abogados especializados pueden orientarte paso a paso y ayudarte a defender tus derechos. Lo más importante es que te recuperes bien; el resto lo cubre la normativa laboral de accidentes, diseñada justamente para tu protección. ¡Ánimo y a cuidarse!

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